Una administrativa del Centro de Salud de Alsasua ha sido condenada definitivamente por el TSJN a 8 años de prisión, 16.800 € de multa y 28 años de inhabilitación (7 por cada uno de los cuatro delitos) tras acceder 1.329 veces sin autorización a los historiales médicos de su hija y sus tres nietos entre 2021 y 2024.
El Tribunal confirma que la acusada realizó accesos continuados, sin justificación asistencial y por motivos ajenos a su labor profesional, además de imprimir informes en 122 ocasiones.
La sentencia también establece:
- 20 años de prohibición de comunicación o acercamiento a las víctimas.
- Indemnización total de 55.000 €, de los que restan por pagar 31.000 € tras descontar lo ya consignado.
La defensa alegó una eximente completa por trastorno disociativo, pero el TSJN la rechaza: los magistrados subrayan que la acusada recordaba y difundió datos obtenidos ilegalmente, lo que descarta la amnesia propia de ese trastorno.
La conducta encaja en el delito de revelación de secretos, que protege especialmente los datos de salud por su carácter sensible. La sentencia refuerza la idea de que el acceso indebido reiterado constituye un delito continuado, incluso sin difusión pública masiva.
Por otro lado, la resolución subraya que la confianza depositada en el personal sanitario no exime del cumplimiento estricto de los protocolos de acceso.
Este fallo se suma a una tendencia creciente en España: los tribunales están endureciendo la respuesta penal ante accesos ilegítimos a datos de salud, especialmente cuando afectan a menores. El TSJN envía un mensaje claro: el uso de credenciales profesionales para acceder indebidamente a historiales médicos es un delito grave, no una mera infracción administrativa.



